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* Los días 05/07/2016, 05/07/2017 y 05/07/2018, Seguros Catalana Occidente, S.A. de Seguros y Reaseguros abonará al socio el 1% del importe de la movilización, con un máximo de 1.000 euros por socio y fecha (excepto en el Plan Catalana Occidente Previsión Renta Fija, que se abonará el premio del 0,5% de la movilización con un máximo de 500 euros por socio y fecha), siempre y cuando el plan esté en vigor y no haya tenido lugar ninguna prestación o movilización, total o parcial, hacia otras entidades antes de las fechas indicadas.
Si una vez realizada la movilización a Catalana Occidente Previsión y/o a Catalana Occidente Previsión Renta Variable se efectuara con posterioridad la movilización de los derechos consolidados al plan Catalana Occidente Previsión Renta Fija, se abonará el premio indicado para este último plan.
Estos premios tienen, según la legislación vigente, la consideración de rendimiento de capital mobiliario sujeto a retención a cuenta. Imputándose a los años 2016, 2017 y 2018 respectivamente.
El pago de cada premio en las fechas indicadas quedará condicionado al cumplimiento de los criterios indicados, siempre que se haya abonado el
premio de la anualidad anterior y a que el socio destine su importe neto de retención a cuenta del IRPF al pago de la correspondiente aportación a su plan de previsión.
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