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* Los días 05/07/2016, 05/07/2017 y 05/07/2018, Seguros Catalana Occidente, S.A.
de Seguros y Reaseguros abonará, en el Plan de Pensiones o en el Universal Plan
de Previsión Asegurado objeto del traspaso, la bonificación del 1% del importe del
traspaso con un máximo de 1.000 euros por cliente y fecha (excepto en el Universal
Renta Fija, Plan de Pensiones que se abonará la bonificación del 0,5% del traspaso
con un máximo de 500 euros por cliente y fecha), sujeta a la retención aplicable
según legislación vigente, siempre y cuando el plan esté en vigor y no haya tenido
lugar ninguna prestación o traspaso, total o parcial, hacia otras entidades antes de las fechas indicadas.
Si una vez realizado el traspaso a Universal, Plan de Pensiones o Universal Variable, Plan de Pensiones o Catoc Vida, Plan de Pensiones o CO Promoción conjunta 1, Plan de Pensiones o Universal Plan de Previsión asegurado se movilizan los derechos consolidados al Universal Renta Fija, Plan de Pensiones, se aplicará la bonificación indicada para este Plan.
El pago de cada bonificación, en las fechas indicadas, quedará condicionado al cumplimiento de los criterios indicados y siempre que se haya abonado la bonificación de la anualidad anterior.
No se reconocerá el derecho a la bonificación si se efectúa el traspaso al Plan de Previsión Asegurado Premium.
El pago en el Plan de Pensiones se realizará como aportación extraordinaria teniendo la consideración de rendimiento del capital mobiliario sujeto a retención.
El pago en el Plan de Previsión Asegurado se realizará como abono en concepto de extrarentabilidad sin implicaciones fiscales en el momento del pago del premio.
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