Estimado cliente:
Nos es grato ponernos en contacto contigo para recordarte una información que, a buen seguro conocerás. El Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, publicado en el BOE el 27-10-99, establece la obligatoriedad de externalizar determinados compromisos adquiridos por las empresas con sus trabajadores en materia de previsión social complementaria, bien se hallen recogidos en sus respectivos convenios colectivos o bien respondan a pactos internos. Se trata, en definitiva, de que las empresas deben instrumentar tales compromisos, a través de entidades aseguradoras, ya que se prohíbe expresamente la gestión propia de los mismos:
Como las sanciones previstas para el incumplimiento de tal obligación pueden alcanzar los 90.000€, ya que según el artículo 3.2. de la citada disposición constituye infracción en materia laboral de carácter muy grave, entendemos que estamos ante una cuestión de tal relevancia que sin duda debe ser conocida por las empresas que cuentan con nuestro asesoramiento.
En este sentido, nos permitimos poner a tu entera disposición la experiencia de nuestra entidad, Seguros Catalana Occidente, que te permitirá disponer del grado de especialización necesario para que nuestras ofertas puedan resultar de tu interés.
En nuestra compañía, 320.000 trabajadores y más de 40.000 empresas tienen contratados sus seguros de convenios con nosotros a través de productos que le ofrecen una total tranquilidad: la amplia cobertura de las disposiciones laborales, la sujeción estricta al contenido de los convenios sectoriales, que son actualizados de forma automática a medida que se publican oficialmente, y la adaptación de las renovaciones a las exigencias legales de cada momento, así lo avalan.
En el supuesto de resultar de tu interés y de desear ampliar esta información o incluso la preparación por nuestra parte de un estudio adaptado a tus necesidades particulares, quedamos a tu entera disposición sin ningún compromiso.
Aprovechamos la oportunidad para saludarte muy atentamente.
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